La Ética
La Ética Informática es un reto para
la vida educativa, pues se tiene que educar en concienciación ética, ha de ser
también parte de los programas de los centros de enseñanza e investigación
informática.
La Tecnología de Información y los sistemas de Información
hacen que surjan nuevas cuestiones de ética tanto para los Individuos como para
la sociedad en la cual nos desarrollamos día a día, y donde la tecnología nació
y se fue evolucionando a grandes magnitudes.
LA ÉTICA EN
UNA SOCIEDAD DE INFORMACIÓN
El avance de la tecnología dentro de una sociedad tiende a
formar un ciclo; se produjo y produce en la sucesión de una etapa de maduración
y necesidad, una de generación del cambio y finalmente una de adaptación al
cambio producido, lo cual, a su vez, generará un nuevo estado de maduración y
necesidad
Todas las sociedades
tiene que haber respeto y por esta razón
normas establecidas, a las cuales se deben de acatar, es así como a
continuación se nombran las siguientes:
ü Responsabilidad personal.
ü Responsabilidad formal.
ü Responsabilidad legal.
LAS
DIMENSIONES MORALES DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN
Dimensiones
Morales
1. No debe haber sistemas de
expedientes personales cuya existencia sea un secreto.
2. Los individuos tienen derecho a
acceder, inspeccionar, revisar y enmendar los sistemas que contiene información
acerca de ellos.
3. La información personal no debe
utilizarse para fines que no sean aquellos para los que se obtuvo
consentimiento previo.
4. Los administradores de los sistemas
tienen responsabilidad personal, formal y legal por los daños causados por la
confiabilidad y seguridad de los sistemas.
5. Los gobiernos tiene derecho a
intervenir en las relaciones de información entre partes privadas.
Ley Especial
contra los Delitos Informáticos
La presente ley tiene por objeto la protección integral de
los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y
sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas.
Todo aquel que con intención destruya, dañe, modifique o
realice cualquier acto que altere el funcionamiento o inutilice un sistema que
utilice tecnologías de información o cualquiera de los componentes que lo conforman,
será penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de cuatrocientas a
ochocientas unidades tributarias. Incurrirá en la misma pena quien destruya,
dañe, modifique o inutilice la data o la información contenida en cualquier
sistema que utilice tecnologías de información o en cualquiera de sus
componentes. La pena será de cinco a diez años de prisión y multa de quinientas
a mil unidades tributarias, si los efectos indicados en el presente articulo
se realizaren mediante la creación, introducción o transmisión intencional, por
cualquier medio, de un virus o programa análogo.
LEY ORGÁNICA
DE TELECOMUNICACIONES
El establecimiento o explotación de redes de
telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de telecomunicaciones
se consideran actividades de interés general, para cuyo ejercicio se requerirá
la obtención previa de la correspondiente habilitación administrativa y
concesión de ser necesaria, en los casos y condiciones que establece la ley,
los reglamentos y las Condiciones Generales que al efecto establezca la Comisión
Nacional de Telecomunicaciones.
En su condición de actividad de interés general y de
conformidad con lo que prevean los reglamentos correspondientes, los servicios
de telecomunicaciones podrán someterse a parámetros de calidad y metas
especiales de cobertura mínima uniforme, así como a la prestación de servicios
bajo condiciones preferenciales de acceso y precios a escuelas, universidades,
bibliotecas y centros asistenciales de carácter público. Así mismo, por su condición de actividad de
interés general el contenido de las transmisiones o comunicaciones cursadas a
través de los distintos medios de telecomunicaciones podrán someterse a las
limitaciones y restricciones que por razones de interés público establezca la
Constitución y la ley
LEY ORGANICA
DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACIÓN
El presente Decreto-Ley tiene por objeto desarrollar los
principios orientadores que en materia de ciencia, tecnología e innovación,
establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, organizar
el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definir los
lineamientos que orientaran las políticas y estrategias para la actividad
científica, tecnológica y de innovación, con la implantación de mecanismos
institucionales y operativos para la promoción, estímulo y fomento de la
investigación científica, la apropiación social del conocimiento y la
transferencia e innovación tecnológica, a fin de fomentar la capacidad para la
generación, uso y circulación del conocimiento y de impulsar el desarrollo
nacional.
Forman parte del Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e
Innovación, las instituciones públicas o privadas que generen y desarrollen
conocimientos científicos y tecnológicos y procesos de innovación, y las
personas que se dediquen a la planificación, administración, ejecución y
aplicación de actividades que posibiliten la vinculación efectiva entre la
ciencia, la tecnología y la sociedad. A tal efecto, forman parte del Sistema:
1. El Ministerio de Ciencia y Tecnología, sus organismos
adscritos y las entidades tuteladas por éstos, o aquéllas en las que tengan
participación.
2. Las instituciones de educación superior y de formación
técnica, academias nacionales, colegios profesionales, sociedades científicas,
laboratorios y centros de investigación y desarrollo, tanto público como
privado.
3. Los demás organismos públicos y privados que se dediquen
al desarrollo, organización, procesamiento, tecnología e información.
4. Los organismos del sector privado, empresas, proveedores de
servicios, insumos y bienes de capital, redes de información y asistencia que
sean incorporados al Sistema.
5. Las personas que a título individual o colectivo, realicen
actividades de ciencia, tecnología e innovación.
Conclusiones
tema 8
Son de suma
importancia las leyes con las que contamos actualmente para así crear conciencia
a toda nuestra sociedad para que no sean penalizados al violar algunas de estas
leyes ya dichas anteriormente.
Al ver que cada día, se presentan más delitos informáticos por
lo que es importante resaltar lo que es la ética y la moral para que las
personas que aun dudan de la seguridad de esta forma de comunicación se sumen
al desarrollo de las naciones. Siguiendo adelante hacia el camino del
desarrollo de las transformaciones de las telecomunicaciones.
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